Los sindicatos de trabajadores se clasifican
según el artículo 356 CST (modificado por el art 40 de la ley 50 1990):
a) De empresa, si están formados por individuos de varias o profesiones, oficios o especialidades, que prestan sus servicios en una misma empresa, establecimiento o institución.
b) De industria o por rama de actividad económica, si están formados por individuos que prestan sus servicios en varias empresas de la misma industria o rama de actividad económica.
c) Gremiales, si están formados por individuos de una misma profesión,, oficios o especialidades.
d) De oficios varios, si están formados por trabajadores de diversas profesiones, desímiles o inconexas. Estos últimos solo pueden formarse en los lugares donde no hay trabajadores de una misma actividad, profesión u oficio en numero mínimo requerido para formar uno gremial, y solo mientras subsista esta circunstancia.
Estructuración de Sindicatos
- Primer grado: son los sindicatos conformados por empresas gremiales, de industria o actividad económica, generales o de oficios varios.
- Segundo grado: son los sindicatos conformados por agremiaciones de sindicatos; esto es lo que conocemos como, Federaciones. Las cuales para constituirse no puede ser superior a diez (10) sindicatos afiliados, y toda federación nacional, profesional o industrial no menos de veinte (20) sindicatos afiliados.
- Tercer grado: en este nivel se encuentran las agremiaciones de federaciones.
Referencias
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ResponderEliminarMe parece un tema muy interesante,pues yo he trabajado en empresas donde hay sindicatos pero no sabia las diferentes clases de este y me parece que solo así los empleadores no omiten o pasan por encima de la normatividad vigente que beneficia a los trabajadores.
ResponderEliminarLaura Bibiana Correa cód.1521980469
De acuerdo a las características de la empresa su actividad económica, cargos y profesión se establece su tipo.
ResponderEliminarStefany Johana Garzón Mape Cód. 1331981186