jueves, 4 de mayo de 2017

Efectos-Huelga ilícitas e ilegales

Según el Código Sustantivo de Trabajo en el articulo 429 define la huelga como"la suspensión colectiva temporal y pacifica del trabajo, efectuada por" los trabajadores de un establecimiento o empresa con fines económicos y profesionales"

Para que se de la huelga se tendrá en cuenta los siguientes aspecto:

*Acuerdo expreso de los trabajadores-directamente o a través de sus representantes legales o de las organizaciones sindicales.
*Comunicación formal de la convocatoria de la huelga al empresario y a la autoridad laboral
*Designación del comité de huelga.
*Fijación de los servicios de seguridad y mantenimiento cuando sean necesarios
*Publicidad, cuando se trate de huelgas en servicios públicos
*Establecimiento de los servicios mínimos si la huelga afecta a servicios esenciales de la comunidad.


¿Quienes convocan una huelga?

1. Las organizaciones Sindicales
2. Los representantes legales de los trabajadores
3. Los trabajadores de un centro de trabajo o de una empresa, directamente.

Efectos de la huelga

*El ejercicio del derecho de huelga no extingue la relación de trabajo.
*Durante la huelga el contrato se considera en suspenso, el trabajador no tendrá derecho a salario y se encontrara en situación de alta especial en la seguridad social, con suspensión de la obligación de cotización por parte de la empresa y del trabajador.
*Se respetara la libertad de trabajo de aquellos trabajadores que no quieran sumarse a la huelga.
*Se puede efectuar publicidad de la huelga en forma pacífica, y llevar a efecto recogida de fondos, sin coacción alguna.
*Durante de la huelga, los huelguistas no pueden ser sustituidos por trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa en el momento de ser declarada la huelga.
*Pese a la huelga, pueden estar obligados a presentar sus servicios los trabajadores que atiendan servicios de seguridad o mantenimiento de la empresa.


Huelga Ilícitas 

Son ilícitas las huelgas rotatorias, las de celo, trabajo o reglamento, las que se realicen en sectores estratégicos con la finalidad de interrumpir todo el proceso productivo y en general, cualquier forma de alteración colectiva del régimen de trabajo distinta a la huelga.


Huelga Ilegales

Son ilegales las huelgas por motivo políticos, las de solidaridad o apoyo y las que tengan por objeto alterar, dentro de su periodo de vigencia, lo pactado en un convenio colectivo.





Referencias

2 comentarios:

  1. EFECTOS DE UNA HUELGA EN LA POBLACIÓN TRABAJADORA.

    Antes de efectuar una huelga debe de estar seguro de lo que se puede sobrevenir, tener en cuenta que esto acarrea una responsabilidad.

    En el caso de huelgas legales, los trabajadores que presencian una huelga, suspenden su contrato de trabajo durante ese día, por lo que no existe relación laboral durante todo el tiempo que dure la huelga El contrato se reanuda una vez expire el plazo de la huelga, pero durante ese periodo de tiempo, se pierde la acción protectora de la Seguridad Social.

    Si la huelga fuese ilegal y no tiene las oportunas autorizaciones, la prestación económica por la incapacidad temporal se pierde totalmente, con lo cual, el perjuicio económico es sustancial para el trabajador que cae en baja por enfermedad o accidente.

    Por: Yasuris Perea Solano Cod : 1331981256.

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  2. La huelga tiene un fin que las quejas y peticiones de los huelguistas sean accedidas por los empleadores para mejorar las condiciones de trabajo. En Colombia la constitución política garantiza el derecho a la Huelga.

    El derecho de huelga está condicionado o limitado de dos formas primero porque se encuentra prohibido su ejercicio en los servicios públicos esenciales determinados por el orden legal, y segundo su ejecución debe ajustarse a la legislación atinente al mismo. La huelga, no pueden ser desarrolladas de manera arbitraria; de lo contrario, el derecho de huelga dejaría de ser un verdadero derecho.

    Laura Bibiana Correa Córdoba cod. 1521980469

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