El Código Sustantivo de Trabajo en el artículo 2.2.2.1.16, lo define "como el que se celebra con uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales con el fin de realizar la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados.
Tiene como objetivo que los sindicatos sean participes de ámbito de gestión en las empresas, en incentivación y adopción del trabajo colectivo y también, en la creación de empleo en el país.
Requisitos para celebrar el contrato
- Existencia previa del sindicato por lo menos con 6 meses de constitución antes de la firma sindical.
- La afiliación de trabajadores vinculados a la empresa con la cual se celebra el contrato sindical.
- La aprobación en asamblea de afiliados de la suscripción del contrato sindical.
- La estructura y capacidad administrativa y financiera para prestar los servicios, ejecutar las labores contratadas y cumplir con las obligaciones legales.
En el siguiente link encontraras un relato de las 2 orillas, escrito por el periodista Edwin Palma Egea donde el tema a trata es "con el contrato sindical pierden los trabajadores:
Referencias
https://www.las2orillas.co/con-el-contrato-sindical-pierden-los-trabajadores/
http://www.incp.org.co/que-es-el-contrato-sindical-en-colombia/
ResponderEliminarcabe resaltar que el contrato sindical es una de las tres formas de contratación colectiva que hay en Colombia, junto con la convención colectiva.
de trabajo que se celebra con los trabajadores sindicalizados y el pacto colectivo con los trabajadores no sindicalizados
Por: Yasuri Perea Solano Cod 1331981256.