El Código Sustantivo de Trabajo en el artículo 2.2.2.1.16, lo define "como el que se celebra con uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios empleadores o sindicatos patronales con el fin de realizar la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados.
Tiene como objetivo que los sindicatos sean participes de ámbito de gestión en las empresas, en incentivación y adopción del trabajo colectivo y también, en la creación de empleo en el país.
Requisitos para celebrar el contrato
- Existencia previa del sindicato por lo menos con 6 meses de constitución antes de la firma sindical.
- La afiliación de trabajadores vinculados a la empresa con la cual se celebra el contrato sindical.
- La aprobación en asamblea de afiliados de la suscripción del contrato sindical.
- La estructura y capacidad administrativa y financiera para prestar los servicios, ejecutar las labores contratadas y cumplir con las obligaciones legales.
En el siguiente link encontraras un relato de las 2 orillas, escrito por el periodista Edwin Palma Egea donde el tema a trata es "con el contrato sindical pierden los trabajadores:
Referencias
https://www.las2orillas.co/con-el-contrato-sindical-pierden-los-trabajadores/
http://www.incp.org.co/que-es-el-contrato-sindical-en-colombia/



