Modalidades de Convenios Colectivos de Trabajo
La legislación laboral colombiana establece tres formas de convenios o
contratos colectivos de trabajo:
· 1. Convención colectiva de trabajo: Se celebra entre uno o varios patronos o
asociaciones patronales, por una parte y uno o varios sindicatos o federaciones
sindicales de trabajadores, por la otra, para fijar las condiciones que regirán
los contratos de trabajo durante su vigencia (art. 467 CST)
· 2.Pacto colectivo: Es el que se celebra entre empleadores y
trabajadores no sindicalizados; sólo son aplicables a quienes lo hayan suscrito
o adhieran posteriormente a ellos (art. 481 CST). La ley establece su
prohibición en aquellas empresas donde exista un sindicato que agrupe a más de
la tercera parte de los trabajadores de la misma.
3.Contratos sindicales: Se
entiende por contrato sindical el que celebre uno o varios sindicatos de
trabajadores con uno o varios patronos o sindicatos patronales para la
prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados.
(arts. 482 y 483 CST).
Características
de Convenciones y Pactos Colectivos
- Contenido: (art. 468 CST).
- Forma: (art. 469 CST).
- Campo de aplicación: (art. 470 CST).
- Aplicación a tercero: (art. 471 CST).
- Prórroga automática y denuncia de la convención: (art. 479 CST).
- Extensión por acto gubernamental
Estas Modalidades están contemplas en el Código Sustantivo de Trabajo en el titulo II, capitulo I desde el articulo 467 al 484, donde nos explica su definición, contenido, forma, campo de aplicación, prohibición, responsabilidades, celebración y efectos.
ResponderEliminarLaura Bibiana Correa Córdoba Cód. 1521980469
la convención colectiva también se puede extender a terceros se presenta:
ResponderEliminarpor mandato legal cuando el sindicato que suscribe la convención es mayoritario.
por voluntad de las partes cuando acuerdan que los beneficios se extiendan a otras personas como jubilados o trabajadores no afiliados ala organización sindical asi esta sea de carácter minoritario.
Yasuris Perea Solano
Cod:1331981256
Segun el Art. 467 del CST, es el que se realiza entre uno o varios empleadores con diferentes asociaciones sindicales a fin da pactar condiciones laborales detro de la vigencia de un contrato.
ResponderEliminarLeidy Carolina Molina Cod. 1521981860
Se encuentran reglamentadas varias modalidades de convenios colectivos de trabajo eso dependiendo de la figura de la empresa, del sector a que pertenece y de otras características que permiten que se de una u otra.
ResponderEliminarStefany Johana Garzón Mape Cód. 1331981186